miércoles, 4 de junio de 2008

Derechos de los Alumnos

DERECHOS Y DEBERES DE LOS/AS ALUMNOS/AS




ARTÍCULO 125.- Todos/as los/as alumnos/as tienen los mismos derechos y
deberes, sin más distinciones que las derivadas de su edad, del nivel educativo o
modalidad que estén cursando o de las que se establezcan por leyes especiales.

ARTÍCULO 126.- Los/as alumnos/as tienen derecho a:

  • Una educación integral e igualitaria en términos de calidad y cantidad, que contribuya al desarrollo de su personalidad, posibilite la adquisición de conocimientos, habilidades y sentido de responsabilidad y solidaridad sociales y que garantice igualdad de oportunidades.
  • Ser respetados/as en su libertad de conciencia, en el marco de la convivencia democrática.
  • Concurrir a la escuela hasta completar la educación obligatoria.
  • Ser protegidos/as contra toda agresión física, psicológica o moral.
  • Ser evaluados/as en su desempeño y logros, conforme a criterios rigurosa y científicamente fundados, en todos los niveles, modalidades y orientaciones del sistema, e informados/as al respecto.
  • Recibir el apoyo económico, social, cultural y pedagógico necesario para garantizar la igualdad de oportunidades y posibilidades que le permitan completar la educación obligatoria.
  • Recibir orientación vocacional, académica y profesional-ocupacional que posibilite su inserción en el mundo laboral y la prosecución de otros estudios.
  • Integrar centros, asociaciones y clubes de estudiantes u otras organizaciones comunitarias para participar en el funcionamiento de las instituciones educativas, con responsabilidades progresivamente mayores, a medida que avancen en los niveles del sistema.
  • Participar en la toma de decisiones sobre la formulación de proyectos y en la elección de espacios curriculares complementarios que propendan a desarrollar mayores grados de responsabilidad y autonomía en su proceso de aprendizaje.
  • Desarrollar sus aprendizajes en edificios que respondan a normas de seguridad y salubridad, con instalaciones y equipamiento que aseguren la calidad del servicio educativo.

Los derechos de los alumnos se encuentran en el sexto capitulo de la ley 26.206 (Ley de educacion)

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